Dentro del programa de actuaciones programadas para el ejercicio 2014 por la Inspección de Trabajo, destaca, por venir a constituir su primer objetivo, el "Plan de lucha contra el fraude de los contratos temporales", que el Ministerio de Empleo está ultimando. De esta manera, los planes de la Inspección para el próximo año incluyen que todos sus efectivos (inspectores y subinspectores) independientemente de qué sea lo que van a investigar en una empresa, deberán comprobar si su "estructura de contratación" es legal y adecuada. En concreto, las actuaciones de control del fraude en la contratación temporal versarán sobre los siguientes aspectos:
· Si la empresa supera los niveles de temporalidad aceptables para su actividad.
· Si los trabajadores eventuales cumplen la Ley que impide a la empresa encadenar más de dos de estos contratos a un trabajador que haya estado en la misma empresa más de 24 meses en un periodo de 30 meses.
· Si la causa de los contratos se acomoda a los supuestos legalmente establecidos, o si la duración excede del tiempo máximo previsto reglamentaria o convencionalmente.
Pese a que la intención de los inspectores es lograr estas transformaciones de contratos en indefinidos (o fijos-discontinuos) sin necesidad de sancionar al empresario, (siempre que la misma se realice, en principio, de manera voluntaria por parte de este último), consideramos necesario incidir nuevamente en la conveniencia de utilizar la contratación temporal únicamente para aquellos supuestos en que esté legal y convencionalmente permitido su uso, evitando, en consecuencia, un uso irregular y/o abusivo de estos contratos temporales, que ahora mas que nunca van a estar expuestos a un control exhaustivo.